Educación

Los Fiscales ven delito en no llevar a los niños al colegio solo en casos excepcionales

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Los fiscales consideran que no llevar a los hijos a clase por miedo al contagio por COVID-19 podría ser un delito únicamente en casos excepcionales.

El aumento de rebrotes y la situación de emergencia sanitaria que atravesamos puede provocar que muchos padres decidan, por precaución, no acabar llevando a los niños al colegio.

Ante esta coyuntura, la fiscal Teresa Peramato, de la Unión Progresista de Fiscales (UPF), ha explicado que, en «situaciones límite», la negativa de los padres a que sus hijos acudan a clases presenciales en el centro escolar podría constituir un delito de abandono familiar tipificado en el artículo 226 del Código Penal por «dejar de cumplir los deberes legales de asistencia inherentes a la patria potestad», que conlleva una pena de inhabilitación de entre cuatro y diez años para ejercerla.

Tanto la UPF como la Asociación Profesional e Independiente de Fiscales solicitan una solución intermedia que no pase por la vía penal.