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¿Puedo entrar con mi coche sin etiqueta en Madrid? No, de momento

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El fallo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid anula todas las zonas de bajas emisiones de la capital, aunque al ser recurrible la sentencia todo sigue igual de momento.

La retirada de estas zonas de bajas emisiones de la capital todavía no se implementará debido a que la sentencia del Alto Tribunal no es firme, pues contra ella cabe la interposición de recurso de casación ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo, competente en asuntos relacionados con lo contencioso-administrativo.

Por si te lo preguntabas, las multas ya impuestas y las restricciones al tráfico aún permanecerán vigentes y activas hasta que la sentencia sea sólida. Ante esta situación, algunas asociaciones como la de Automovilistas Europeos Asociados, han solicitado la paralización en la tramitación de multas y la devolución de lo cobrado con las sanciones, que estiman en más de 330 millones de euros en 1,7 millos de multas.

Los turismos con clasificación ambiental A que no estén domiciliados, tienen prohibido entrar a la zona de bajas emisiones Madrid ZBE y a la circulación por todas las vías públicas y urbanas del municipio. Por otro lado, los vehículos que cuenten con la pegatina B, C, ECO y 0 pueden acceder sin ningún tipo de problema.

En la Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDEP) Distrito Centro, los coches con etiquetas ECO y 0 pueden entrar sin restricciones mientras que los C y B solo pueden acceder si van a estacionar en un aparcamiento público, si el vehículo está domiciliado en la ciudad, si disponen de plaza de garaje o si está destinado al transporte de personas con movilidad reducida.

Por último, en la ZBEDEP Plaza Elíptica, los turismos con etiqueta B, C, ECO y 0 pueden acceder sin restricciones mientras que aquellos con el distintivo ambiental A tendrán prohibida la entrada, salvo que los conductores estén empadronados en alguno de sus barrios, el coche esté domiciliado en Madrid o ejerzan su actividad en alguno de sus zonas.

Este martes se ha informado de la anulación parcial por parte del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) de la ordenanza de 2021 del Ayuntamiento de Madrid sobre las zonas de bajas emisiones. En concreto, se refieren a todo el ámbito de las conocidas como ZBE del municipio, incluyendo también la del distrito Centro y la de Plaza Elíptica.

Esto puede suponer el desconcierto para aquellos madrileños acostumbrados a no poder entrar con coches sin etiqueta medioambiental en estas zonas. Algunos se vieron obligados a adquirir un nuevo vehículo que cumpliera con la normativa. La pregunta es si podrán entrar en estos días con un coche sin etiqueta tras la sentencia del TSJM sin ser multados.

La respuesta es no, ya que el fallo no significa que las ZBE de la capital decaigan automáticamente. Y es que la resolución no es firme. La posible anulación tendría lugar más adelante, por lo que siguen en vigor las sanciones si se incumplieran.

El Ayuntamiento tiene 30 días para recurrir en casación ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo, competente en asuntos de esta naturaleza. Solo en caso de que el TSJM ratificara la sentencia, se abriría un expediente de ejecución para anular estas áreas.

Fuentes del Área de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad han explicado que sus servicios jurídicos tienen aún que estudiar la sentencia, como informa Madrid Total en una noticia previa.

Por lo tanto, en estos momentos, toda la ciudad de Madrid está declarada como zona de bajas emisiones. Esto supone que ningún vehículo sin etiqueta ambiental -diésel matriculados antes del 2006 o gasolina previos al 2000- puede circular por la capital.

El ámbito geográfico de la restricción se ha ido ampliando de forma progresiva hasta englobar a toda la ciudad, con el proyecto puesto en marcha por el actual alcalde de la capital, Madrid 360.

Esta prohibición se impuso en enero de este año y tuvo un periodo de avisos hasta junio. A partir de esa fecha, comenzaron las sanciones económicas de hasta 200 euros.

La herramienta se encuentra bajo el paraguas de la Ordenanza de Movilidad Sostenible y busca mejorar la calidad del aire de Madrid. Por esa razón, la ZBE impide el paso a los vehículos que figuran con clasificación ambiental A -o coches sin etiqueta- en el registro de la Dirección General de Tráfico (DGT).

Solo podrán desplazarse por el término municipal de Madrid utilizando las vías M-40, M-45 y M-50, así como las autovías radiales hasta el límite de M-40. Este conjunto de carreteras está libre de restricciones. Todo lo que esté dentro de estas autovías circulares y forme parte de la capital está desde ahora prohibido para estos vehículos, incluyendo la M-30.

Hay excepciones a esta regla y entre ellas se encuentran los empadronados en Madrid antes del 1 de enero de 2022 y aquellos que trasladen a personas con movilidad reducida. En este último caso, los turismos deberán tener la tarjeta de estacionamiento reglamentaria y estar dados de alta en el ‘sistema de gestión de accesos a Madrid Zona de Bajas Emisiones’.

Igualmente, hasta finales de este año sí que podrán recorrer la capital los que no sean turismos. Es decir, los camiones, las furgonetas, las motos y los ciclomotores. Otra excepción son los coches catalogados como históricos.