Plataforma para reducir el coste de los seguros por estar los coches parados
FACUA lanza la campaña #QuieroMiDinero y aseguran que los 32 millones seguros de vehículos vigentes en España deben ser objeto de devoluciones o bonificaciones,
La Federación de Asociaciones de Consumidores y Usuarios de Andalucía ha puesto en marcha una plataforma para reclamar la devolución de una parte del importe de los seguros de vehículos ante la disminución del riesgo de siniestros que han provocado las medidas de confinamiento y limitación de la circulación.
Según la informado la Dirección General de Tráfico, los desplazamientos han caído más de un 80% durante el confinamiento.
Por estos motivos y con el lema #QuieroMiDinero, FACUA tiene abierta la posibilidad de que cualquier usuario pueda sumarse a la plataforma a través de u página web: www.facua.org , y donde existe un enlace específico para la campaña.
Asesoramiento y derecho a ser objeto de devolución o bonificaciones
Además, desde la asociación están asesorando a los asegurados que se unen a esta campaña sobre cómo pueden emprender las acciones de reclamación frente a sus compañías y qué hacer en caso de que se nieguen a reembolsarles cantidades u ofrecerles los debidos descuentos en la próxima cuota anual.
También la asociación advierte de que los 32 millones de seguros de vehículos vigentes en España deben ser objeto de devoluciones o bonificaciones, tal y como establece la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro.
La Ley en cuestión
En su artículo 13, según informan desde FACUA, la ley que regula el sector señala que si se produce una disminución del riesgo de siniestros durante el curso del contrato, «al finalizar el período en curso cubierto por la prima, deberá reducirse el importe de la prima futura en la proporción correspondiente».
Si se decide no prorrogar el contrato o la aseguradora se niega a aplicar la reducción de la siguiente cuota anual, el usuario tendrá derecho «a la resolución del contrato», aunque no la comunique con el mes de antelación que establece la norma, «y a la devolución de la diferencia entre la prima satisfecha y la que le hubiera correspondido pagar».