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Pasos a seguir si me toca un premio en la Lotería de Navidad

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Mañana se celebra el sorteo de Lotería de Navidad y miles de españoles tendrán las suerte de recibir premios y pedreas por sus décimos. Antes de que se canten los números premiados resulta importante saber qué hacer y cómo cobrar los premios. El proceso varia en función de la cantidad que vayamos a recibir.

En primer lugar, los premios del sorteo de lotería navideña se podrán cobrar el mismo día 22 a partir de las 18:00 horas, cuando finalicen tanto las verificaciones de los números extraídos como los procesos informáticos. Si la cantidad es inferior a 2.000 euros, simplemente basta con acudir a una administración de Lotería.

En cambio, si el premio excede los 2.000 euros será necesario acudir a alguna de las entidades financieras autorizadas por SELAE:

  • Abanca Corporación Bancaria
  • Banco de Sabadell
  • Bankia
  • BBVA
  • Caixa Bank
  • Cajamar
  • Caja Sur BBK
  • Ibercaja Banco
  • Kutxabank
  • Unicaja Banco

El pago de estos premios se realizará mediante cheque o transferencia bancaria, a elección de la persona afortunada, después de que la entidad haya recabado la documentación necesaria para cumplir con la normativa sobre prevención de uso ilícito del capital.

Además, es importante tener en cuenta que para el cobro de los premios con cantidad superior a dos mil euros, no se podrá obligar a abrir una cuenta en la entidad financiera ni tampoco se cobrará ningún tipo de gasto o comisión por realizar el pago.

Por otro lado, si el décimo se comparte, cosa habitual, es indispensable identificar a todos los participantes a la hora de cobrar los premios iguales y cualquiera de ellos podrá solicitar un certificado acreditativo a efectos fiscales.

Otra opción para cobrar el premio, sea la cantidad que sea, es acudir a una delegación territorial de Loterías y Apuestas del Estado. Para ello, únicamente se necesitará el DNI y el décimo premiado.

Como cobrar una participación

Referente a las participaciones o papeletas en las que el jugador apuesta una cantidad inferior a los 20 euros que cuesta un décimo, éstas no se cobran en la administración, ya que una transacción de este tipo, acredita un contrato verbal entre la persona que la vende y quien la compra, donde el vendedor se responsabiliza de repartir el dinero entre todos los que hayan pagado su parte.

En el caso de las participaciones sean de un premio con cuantía elevada, el vendedor de las participaciones deberá presentar, en el momento del cobro, el documento de identidad de todos los beneficiarios así como sus nombres y apellidos, para así justificar que se trata de un premio compartido y evitar de esta forma hacerse cargo de los impuestos.