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Los protocolos de desconexión digital

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Seguro que muchos de nosotros sentimos esa sensación extraña cuando salimos de casa sin teléfono móvil. Parece cómo si durante años no hubiera subsistido el ser humano sin teléfono y nada urgente pudiera posponerse o atenderse dos horas más tarde.

La implantación de la tecnología abarca todos los aspectos de nuestra vida y ha quedado completamente instaurada tanto en nuestro ámbito personal como profesional.

Es por ello que nuestras leyes regulan estas situaciones y conforme el artículo 88 de la Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales, todas las empresas ya sean multinacionales o Pymes, tengan 2 o 100 empleados, tienen la obligación de elaborar e implantar un protocolo de desconexión digital.

El protocolo ha instaurar debe hacerse existan o no empleados que teletrabajen, si bien en este último caso, exige de unos parámetros adicionales para regular el trabajo fuera de la sede de la empresa.

Este documento está enfocado para que las personas trabajadoras tengan conocimiento que no tienen ninguna obligación de atender llamadas de trabajo, ni correos electrónicos fuera de su horario laboral. No pudiendo imponerse sanciones por esta desconexión.

Además la ley impone la obligación de implantar planes de formación en este ámbito.

El derecho a la desconexión digital no impide trabajar (atendiendo llamadas o correos electrónicos) fuera del horario laboral pero si pretende que el empleado conozca su derecho.

En mi opinión, la desconexión digital es necesaria y saludable en todos los aspectos de nuestra vida, también en el personal, las comidas o reuniones con amigos o familiares serían más humanas, eficientes y fructíferas si dejaramos el teléfono por unas horas, no obstante ¿hacia falta una norma específica para garantizar lo que ya regula el Estatuto de Trabajadores (entre otros en su art. 34)?

El exceso de regulación y exigencia a las empresas ya sean Pymes o grandes compañías, burocratiza innecesariamente las organizaciones, provoca un aumento de costes lo que repercute finalmente en el empleo. Es por ello que sin perjuicio del apoyo a la necesaria desconexión (en general) abogo por disminuir el exceso de regulación, que tanto complica las relaciones jurídicas y mercantiles.

Marcela Reigia/Abogada

www.reigiavales.com