Las restricciones en Madrid y todo Alcobendas entran en vigor a las diez de la noche

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La nueva orden del Ministerio de Sanidad entrará en vigor hoy a las doce de la noche. En la práctica afecta únicamente a Madrid, Alcalá de Henares, Alcobendas, Alcorcón, Fuenlabrada, Getafe, Leganés, Móstoles, Parla y Torrejón de Ardoz.

Según la resolución publicada en el BOE, en la actualidad hay en España 11 municipios de más de 100.000 habitantes, que incluyen 4.988.601 habitantes, con tasas de incidencia superiores a los 500 casos por 100.000 habitantes. 

Medidas de obligado cumplimiento

La restricción de la movilidad en las zonas afectadas consiste en prohibir entrada y salida de los municipios salvo para ir a trabajar, al médico, a la universidad o a realizar algún trámite legal.

También se permite la movilidad para la asistencia y cuidado de personas mayores o para realizar un examen así como otros motivos debidamente acreditados además de para realizar a la residencia habitual.

Reuniones limitadas

La Orden también limita las reuniones de carácter social o familiar a un máximo de seis personas, tanto en la vía pública como en el ámbito privado. La única salvedad es si se trata de convivientes o si son actividades laborales e institucionales en que se establezcan límites o medidas específicas.

Restricciones en el aforo y en los horarios

La norma también establece limitaciones de aforo máximo para garantizar la distancia entre personas. En establecimientos comerciales y servicios al público se permite un aforo del 50% y se deberá cerrar a las 22 horas salvo excepciones.

En establecimientos de hostelería también se aplica un aforo del 50% en locales interiores y del 60 en el exterior. No se permite el consumo en barra y en el interior de los locales debe existir una distancia de 1,5 metros.

La ocupación máxima será de seis personas por mesa, no se podrá servir a partir de las 22 horas y la hora de cierre está prevista para las 23 horas, exceptuando entregas a domicilio.

Lugares de culto

En el caso de centros de culto el aforo máximo será de un 30%, siempre con la garantía de que se cumpla la distancia mínima interpersonal de 1,5 metros.

En velatorios se permiten un máximo de 15 personas en espacios al aire libre y diez en cerrados, sean o no convivientes.

Instalaciones deportivas y academias

En las instalaciones deportivas se limita el aforo al 50% en espacios interiores y al 60% en espacios exteriores. La práctica deportiva queda reducida a un máximo de seis personas.

Referente a las academias y autoescuelas, el aforo máximo será del 50%, lo mismo que en instalaciones deportivas en espacios interiores (en exteriores será del 60%). También la práctica deportiva quedará reducida al a un máximo de seis personas.

Las restricciones, según lo publicado en el BOE, entrarán en vigor el viernes, 2 de octubre a las 22 horas.