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La Entidad de Conservación del Arroyo de La Vega pide su disolución

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Después de 25 años de funcionamiento, esta entidad de conservación será la primera del distrito Urbanizaciones de Alcobendas que bajará la persiana y dejará en manos del Ayuntamiento todos los servicios que presta.

En cumplimento con sus estatutos, el Consejo Rector de la Entidad Urbanística del Arroyo de La Vega ha informado al Ayuntamiento de Alcobendas su intención de disolver la entidad en 2021.

Se constituyó en Asamblea General celebrada el 26 de junio de 1.995 con el objetivo de atender la continuidad del mantenimiento de la urbanización una vez finalizadas las obras, sobre una extensión aproximada de 121 hectáreas y con áreas diferenciadas de promociones residenciales, equipamientos dotacionales y empresas de servicios.

Esta decisión se iba a votar en la Junta General Ordinaria que la Entidad de Conservación había convocado para el mes de marzo y que tuvo que suspenderse por el coronavirus.

Ahora es el Ayuntamiento el que, a través de sus servicios jurídicos, debe decidir el proceso de Asunción de competencias que realizaba la Entidad de Conservación y que serán asumidas por la Administración Pública.

El traspaso de competencias tendría que estar antes de 2021

Lo lógico es que este proceso de traslado de competencias no sea corto pero tendrá que finalizar el año próximo.

Después de 25 años de funcionamiento, esta entidad de conservación será la primera del distrito Urbanizaciones de Alcobendas que bajará la persiana y dejará en manos del Ayuntamiento todos los servicios que presta.

El montante actual que tendrá que desembolsar el consistorio se tendrá que calcular, ya que la Entidad tiene un presupuesto anual de más de 500.000 mil euros y el Ayuntamiento le dio una subvención de 107.407.81 euros en 2018 y prorrogada en 2019 y 2020.

Objetos y Fines de La Entidad

La Entidad tiene por objeto y finalidad atender a la presentación, conservación, administración y mantenimiento de las obras de la urbanización, dotaciones y demás elementos e instalaciones de dominio y uso público constituidos por los siguientes bienes:

  • Red viaria peatonal y tráfico rodado.
  • Red de riego de zonas verdes y viales.
  • Red de Hidrantes.
  • Mobiliario urbano
  • Zonas verdes con exclusión del Parque Arroyo de la Vega, el cauce del arroyo e instalaciones anejas.