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Autobuses y trenes pueden ocupar todos sus asientos

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En virtud de la orden del Ministerio de Sanidad publicada el sábado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), los Autobuses y trenes, tanto urbanos como interurbanos, podrán usar la totalidad de sus asientos disponibles.

Con esta decisión, Sanidad flexibiliza las limitaciones actuales de ocupación en el transporte público regular discrecional y privado de viajeros en autobús, así como en los transportes ferroviarios, que ya podrán usar la totalidad de los asientos disponibles.

Además, la orden entra en vigor en toda España, tanto en las Comunidades Autónomas que entran en la fase 2 como las que acceden a la fase 3.

Referente a las condiciones, la orden ministerial precisa que cuando el nivel de ocupación lo permita, se procurará la máxima separación entre los usuarios.

En los transportes públicos de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, podrán desplazarse dos personas por cada fila adicional de asientos respecto de la del conductor, debiendo garantizarse, en todo caso, la distancia máxima posible entre sus ocupantes.

En caso de que todos los usuarios convivan en el mismo domicilio, podrán ir tres personas por cada fila adicional de asientos respecto de la del conductor.

Condiciones en los transportes privados particulares

La orden ministerial establece también que en los transportes privados particulares en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, podrán viajar tantas personas como plazas tenga el vehículo, siempre que todas residan en el mismo domicilio.

Cuando no todas las personas convivan en el mismo domicilio, podrán desplazarse dos personas por cada fila de asientos, siempre que respeten la máxima distancia posible entre los ocupantes.

En los vehículos en los que, por sus características técnicas, únicamente se disponga de una fila de asientos, como en el supuesto de cabinas de vehículos pesados, furgonetas, u otros, podrán viajar como máximo dos personas, siempre que guarden la máxima distancia posible.

Por último, en las motocicletas, ciclomotores y vehículos categoría L, en general, que estén provistos con dos plazas homologadas (conductor y pasajero) podrán viajar dos personas.

El uso de guantes será obligatorio por parte del pasajero y también por parte del conductor en el caso de motocicletas y ciclomotores destinados al uso compartido. A estos efectos, serán admitidos los guantes de protección de motoristas.