Multa histórica de 150 millones a Ryanair, Volotea, Vueling y EasyJet por prácticas abusivas
Multa histórica a cuatro compañías aéreas de bajo coste por prácticas como cobrar a los pasajeros por llevar equipaje de cabina. El Ministerio de Consumo ha sancionado con más de 150 millones de euros a Ryanair, Volotea, Vueling y EasyJet por la aplicación de cargos extra.
LMN
Los usuarios por subir equipaje a bordo o por la selección de asiento cuando el viajero va a acompañado por niños o personas dependientes, tienen que pagar extras. Es la mayor sanción por prácticas contra los clientes impuesta antes por las autoridades de Consumo, señalan las organizaciones de consumidores Facua y OCU en una nota.
Aunque no ha trascendido el desglose de las sanciones, la aerolínea que ha recibido la mayor multa es Ryanair, la primera que comenzó a cobrar por llevar equipaje de mano, en noviembre de 2018. Tras ella, Vueling, y a continuación, a mayor distancia, EasyJet y Volotea, según explica Facua.
Concluye así el expediente que abrió Consumo en junio de 2023 para investigar si estas prácticas de las compañías eran abusivas o desleales y si contravenían, de forma generalizada, la normativa vigente. No obstante, las aerolíneas aún pueden recurrir, primero ante el ministerio en recurso casación y después ante la Audiencia Nacional.
Un portavoz del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 ha confirmado que en el verano de 2023 se abrieron expedientes a cuatro aerolíneas low cost ante las denuncias recibidas por organizaciones de consumidores, aunque no ha precisado las empresas afectadas ni las cuantías económicas. Desde el ministerio se explica que el objetivo de estos expedientes era investigar cuatro prácticas que pueden ser consideradas abusivas: cobrar un suplemento por la reserva de asientos contiguos para acompañar a menores y personas dependientes; falta de transparencia en la información precontractual sobre el precio final del servicio; cobrar un suplemento por el equipaje de mano de los pasajeros y no permitir el pago en metálico en el aeropuerto por estos u otros servicios adicionales.
La publicación de la histórica sanción ha cogido con el pie cambiado a las cuatro aerolíneas afectadas, que preparaban recursos ante el Ministerio de Derechos Sociales y Consumo. Desde su punto de vista, la multa carece de firmeza “al no estar concluida la vía administrativa”.
La Asociación de Líneas Aéreas (ALA), que aglutina el 85% del tráfico aéreo en España, ha rechazado “frontalmente la pretensión” del Ministerio “de multar con cuantías desproporcionadas esta práctica, pues perjudicará a los consumidores, al suprimir la opción de los pasajeros de contratar exactamente lo que necesiten”.
“De este modo, los cerca de 50 millones de pasajeros que hoy en día no llevan maleta de cabina a bordo y solo viajan con el equipaje de mano bajo el asiento, no podrían beneficiarse de pagar sólo por los servicios indispensables, obligándoles a contratar servicios que no utilizan”, señala la organización en un comunicado.
Al centrarse la pena solo en cuatro aerolíneas, las afectadas aprecian una acción de distorsión del mercado que han puesto ya en conocimiento de las autoridades de la Competencia de la Unión Europea. Y desde el frente de compañías aéreas también se anticipa que tomarán la vía judicial en defensa de un derecho, el del cobro por el equipaje en cabina, que consideran consolidado.
Un 40% de los viajeros, defienden las empresas apuntadas por Consumo, optan por tarifas básicas al no portar equipaje extra. La imposibilidad de cobrar al resto por la maleta, defienden, tendrá un impacto al alza en el precio medio de los billetes.