Alcobendas concede un «cheque bebé» de 500 euros a familias con recién nacidos, adoptados y con menores acogidos
La ayuda que otorga el Ayuntamiento de Alcobendas son para nacimientos, adopciones y acogimientos de menores producidos desde el 1 de enero hasta el 30 de septiembre de 2024.
LMN
Una vez que sus bases ya han sido publicadas en el BOCAM, hecho que sucedió a principios del mes en curso, el plazo de inscripción para recibir estas ayudas habilitado por el Ayuntamiento de Alcobendas termina el domingo 13 de octubre y en esta primera convocatoria el montante del cheque bebé asciende a 500 euros. Los originados desde el 1de octubre se atenderán en la siguiente convocatoria.
¿Quién puede ser beneficiario de la ayuda?
Podrán ser beneficiarios del cheque bebé los progenitores, adoptantes o acogedores del menor, titulares del libro de familia o de la certificación literal del Registro Civil en el que figure registrado su nacimiento o adopción, y, en caso de acogimiento, la resolución administrativa por la que se reconozca la medida de dicho acogimiento del menor.
Requisitos
Los requisitos para solicitar el cheque bebé en esta primera convocatoria son:
- Haberse producido el nacimiento, la adopción o el acogimiento de un menor entre el 1 de enero y el 30 de septiembre de 2024. Este deberá estar empadronado en Alcobendas desde el momento de su nacimiento, adopción o acogimiento.
- Al menos uno de los progenitores, adoptantes o acogedores deberá estar empadronado en Alcobendas, como mínimo, tres años antes del nacimiento, acogimiento o adopción del menor.
- Las personas beneficiarias de la ayuda deberán estar al corriente de pago de las obligaciones con la Administración Tributaria y de la Seguridad Social, así como de los impuestos municipales.
¿Cómo solicitar la ayuda?
La ayuda consiste en un pago único de 500 euros por cada uno de los menores nacidos, adoptados o en situación de acogimiento familiar. Si son múltiples, el límite máximo a conceder a cada solicitante será de 1.500 euros por convocatoria.
La solicitud está disponible para su presentación de forma telemática a través de la web municipal .
Aquellas personas que no puedan realizar el trámite de forma electrónica podrán hacerlo presencialmente en las oficinas del Servicio de Atención Ciudadana (SAC).
Documentación requerida
Junto a la solicitud, se debe adjuntar la siguiente documentación:
- Declaración responsable del segundo progenitor, en caso de unidad convivencial (ambos progenitores estarán empadronados en el mismo domicilio que el menor).
- Copia del libro de familia o certificado de nacimiento del Registro Civil. En los casos de acogimiento, resolución administrativa del órgano competente acompañada de su correspondiente traducción jurada, cuando corresponda.
- Certificación de titularidad de cuenta bancaria donde habrá de efectuarse el ingreso del cheque bebé del solicitante.